| ESTUDIO JURIDICO |
Raúl Alvarez y Asociados |
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Tribunales de la Provincia de Bs.As. Tribunales
de la Ciudad de Bs.As. (Nacionales) Guia de Escritos Inmobiliarios
El
problema de la Preguntas usuales sobre Sucesiones. Otras Páginas de Raúl Alvarez.
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¿QUÉ PASA SI HAY MENORES? La existencia de herederos menores o incapaces no impide la venta de bienes del sucesorio, pero la dificulta. Si uno o más de los herederos son menores o incapaces, el juicio sucesorio seguirá su trámite normalmente, pero para vender uno o más bienes, deberá pedirse autorización judicial. Es un trámite adicional, que presenta algunas particularidades. Habrá que justificar la conveniencia de la venta, y demostrar que el precio de la operación es adecuado a las condiciones del mercado. Para ello, deberán presentarse –entre otras cosas- dos tasaciones de inmobiliarias de la zona, que en base a una serie de requisitos específicos, acrediten cuál es el precio probable de venta del bien. La parte del precio de venta correspondiente al menor o incapaz deberá ser retenido por el escribano y depositado en el expediente. Ese capital no va a poder cobrarse hasta la mayoría de edad del heredero, salvo que se presente un proyecto de inversión beneficioso para éste.
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