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ESTUDIO JURIDICO  

Raúl Alvarez

y Asociados

Tribunales de la Provincia de Bs.As.

Tribunales de la Ciudad de Bs.As. (Nacionales)
 

Guia de Escritos Inmobiliarios

El problema de la
caducidad de las garantías

Preguntas usuales sobre Sucesiones.

Trámites previsionales

Otras Páginas de Raúl Alvarez.

 

¿CÓMO SE REPARTE LA HERENCIA ENTRE EL CÓNYUGE Y LOS HIJOS? 

Las proporciones hereditarias se vinculan al órden sucesorio, a qué familiares dejó el causante al fallecer, etc. Es un cuadro complejo que debe analizarse en cada caso. Aquí vamos a presentar solo el caso más común, de una familia tipo, que poseen un bien ganancial (comprado durante el matrimonio). En este caso, al fallecer uno de los progenitores, reciben: el cónyuge, su 50 % por tratarse de un bien ganancial, y el otro 50 % se reparte en partes iguales entre los hijos. Es decir que si son dos hijos, la propiedad pertenecerá un 50 % al cónyuge, 25 % a un hijo y 25 % al otro hijo.

Si en cambio el inmueble era un bien propio de la persona que falleció, porque lo había recibido por herencia o por donación, en ese caso, el cónyuge hereda como un hijo más, de modo que correspondería un 33,33 % al cónyuge y 33,33 % a cada uno de los dos hijos.  

Si su caso es más complejo que el que aquí presentamos, o si existen varias sucesiones superpuestas, o medio hermanos, etc. Le proponemos que se comunique con nosotros por vía telefónica o nos visite personalmente en nuestras oficinas, a fin de que confeccionemos el cuadro sucesorio y realicemos el cálculo de proporciones hereditarias que corresponden.

 

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